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Tendencia obliga a progenitores a dar pensiones a hijos de hasta 31 años

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Autor: Cooperativa.cl

Resoluciones judiciales esgrimen actual crisis económica.

Código Civil español no especifica edad máxima de beneficiarios.

Tendencia obliga a progenitores a dar pensiones a hijos de hasta 31 años
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Si bien los hijos pueden tener sobre 30 años y poseer estudios, la crisis económica europea ha acentuado la tendencia para ampliar los márgenes de pensiones.

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Debido a la actual crisis económica que aún azota a Europa, la justicia en diferentes naciones de ese continente ha optado por ampliar los márgenes convencionales en torno a las pensiones alimentarias o alimenticias, sobre todo tomando en cuenta que los códigos penales suelen no especificar un límite de edad para los beneficiarios.

De acuerdo al diario El País de España, son varios los casos durante en el último año en el país ibérico, donde se ha concedido sentencias favorables para hijos de padres divorciados, pese a tener más de 30 años y poseer estudios.

Uno de las principales razones esgrimidas en las resoluciones se basa en que España registra tras Grecia, la tasa más alta de desempleo juvenil en Europa, lo que justifica la determinación de los jueces en este tipo de causas.

De este modo, en julio pasado un padre debió volver a pagar pensión alimenticia a su hija de 27 años y con maestría en educación especial, porque esta no tenía trabajo ni ingresos suficientes para ser independiente.

"Un título universitario no garantiza conseguir trabajo", fue el argumento de un juez al firmar su decisión sobre una causa de este tipo.

La ley en Chile

En Chile, la ley señala que la pensión para los hijos es obligatoria hasta que cumplan los 21 años, aunque si estos estudian una carrera técnica o profesional, la pensión puede extenderse hasta que los jóvenes cumplan 28 años.

Por otra parte, si el hijo en cuestión tiene una incapacidad que le impida trabajar o subsistir, la pensión podría incluso ser de por vida.

Al margen que la pensión se pueda acordar de diferentes formas y no necesariamente por medio de los tribunales de justicia, los montos convenidos también están sujetos a una serie de variantes como la cantidad; si es sólo un hijo, el monto de la pensión no puede ser menos del 40 por ciento de un ingreso mínimo remuneracional (unos 84.000 pesos), mientras que si son dos o más, la cifra no puede ser menor del 30 por ciento, por cada uno (63.000 pesos cada uno aproximadamente), consigna Legal Chile.

Para tranquilidad de los progenitores, el Código Penal también aclara que los montos involucrados no pueden superar pasar el 50 por ciento de los ingresos de quien paga la pensión, considerando los descuentos estrictamente legales.

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